Biblioteca
del Tribunal Superior de Justicia
Ley
26.056
Sancionada:
17/8/2005
Promulgada de Hecho: 14/9/2005
Publicada. 15/9/2005
ARTICULO 1º - Modificase el artículo 3.705 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 3.705.- Los testigos de un testamento deben ser mayores de edad."
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
EDUARDO O. CAMAÑO. - MARCELO A.
GUINLE. - Eduardo D. Rollano. - Juan Estrada.