LEY 25.318

APROBACION DE UN PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE MIGRACION SUSCRIPTO CON BOLIVIA

BUENOS AIRES, 7 DE SETIEMBRE DE 2000

BOLETIN OFICIAL, 18 DE OCTUBRE DE 2000

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1

ARTICULO 1 - Apruébase el PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE MIGRACION ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, suscripto en Buenos Aires el 16 de diciembre de 1999, que consta de DOS (2) artículos y cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Artículo 2

ARTICULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FIRMANTES

PASCUAL-GENOUD-Aramburu-Pontaquarto

PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE MIGRACION ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA

El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia, en adelante las Partes;

Con el propósito de ampliar el plazo establecido para la regularización migratoria de sus nacionales, establecido en el artículo 2 inciso b) del Convenio de Migración entre la República Argentina y la República de Bolivia del 16 de febrero de 1998, en adelante el "Convenio"; 

Acuerdan lo siguiente:

Artículo 1

ARTICULO 1:

Prorrógase por 180 días el plazo establecido en el artículo 2 inciso b) del Convenio de Migración entre la República Argentina y la República de Bolivia, para que los nacionales de una Parte, que se encontraban en situación migratoria irregular en el territorio de la otra al momento de entrar en vigor el Convenio, presenten su solicitud de regularización migratoria y documentación establecida en el artículo 4 del Convenio, ante el correspondiente servicio de migración, con el propósito de desarrollar actividades formales en relación de dependencia o autónomas.

Normas relacionadas: LEY 25098 Art.2

Artículo 2

ARTICULO 2:

El plazo establecido en el Artículo 1 comenzará a contarse a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo. 

El presente Protocolo deberá ser ratificado y entrará en vigor en la fecha en que se intercambien los respectivos instrumentos de ratificación.

El presente Protocolo será parte integrante del "Convenio".

FIRMANTES

Hecho en Buenos Aires, el 16 de diciembre de 1999, en dos originales, ambos igualmente auténticos. 

Por la República Argentina

Por la República de Bolivia